PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2022: NOVEDADES

PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2022: NOVEDADES

Con fecha 29 de Diciembre de 2021 ha sido publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022, entre lo publicado destacan las siguientes novedades en materia tributaria:

En cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas disminuye, de 2.000 a 1.500€ la aportación máxima reducible por aportaciones a planes individuales de previsión social, al tiempo que se incrementa, de 8.000 a 8.500€ el máximo de aportaciones empresariales.

Respecto al Impuesto sobre Sociedades se establece un tipo mínimo sobre base imponible que, en general, será del 15 por 100 para contribuyentes con cifra de negocios superior a 20 millones de euros.

En el caso de las cooperativas, la cuota líquida mínima no podrá ser inferior al resultado de aplicar el 60 por ciento a la cuota íntegra calculada de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas

Tanto en el régimen de estimación objetiva en el IRPF, como en los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del IVA, se prorrogan los límites establecidos para 2021.

Interés legal del dinero: se fijará para 2022 en el 3% (misma cuantía que en los años anteriores).

Interés de demora: se fijará para 2022 en el 3,75% (misma cuantía que en años anteriores).

Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM): se establecerá para 2022 un IPREM anual de 6.948,24€ (antes 6.778,80€). En los supuestos en los que la referencia al salario mínimo interprofesional haya sido sustituida por la referencia al IPREM, la cuantía anual de éste será de 8.106,28€ (antes 7.908,60€) cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual. No obstante, si expresamente se excluyen las pagas extraordinarias, la cuantía será de 6.948,24€ (antes 6.778,80€).

Impuesto sobre la Renta de No Residentes Tributación mínima

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2022 a los no residentes con establecimiento permanente se les aplicará la tributación mínima que hemos visto en el Impuesto sobre Sociedades por remisión a la ley de este último impuesto que hace el artículo 19 de la LIRNR.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Se prorrogan indefinidamente los límites establecidos en 2021 para aplicar los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca

Impuesto sobre Actividades Económicas

Se añade un nuevo grupo 863 en la agrupación 86 de la sección segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, con la siguiente redacción: «Grupo 863. Periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación. Cuota de: 115 euros.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/29/pdfs/BOE-A-2021-21653.pdf

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